EFECTO DE LAS APPS DE DELIVERY (UBEREATS, DIDI FOOD Y RAPPI) EN LASCONDICIONES LABORALES DE LOS REPARTIDORES DE LA CDMX.
Trimestre: 24P
Modulo: Mercado y competencia entre capitales
Integrantes: Bravo Ramírez Jatziri Meritve
Hernández Pérez Isaac Aaron
Martínez Caballero Jesús Alfredo
Ramírez Hernández Francisco Alejandro
Docente: Diaz Rodrigues Hector Eduardo
El siguiente trabajo es realizado por alumnos de la licenciatura en economía en la Universidad Autónoma Metropolitana-Unidad Xochimilco, cualquier duda o aclaración mandar un correo a: economia@correo.xoc.uam.mx
RESUMEN
Los empleos generados por las plataformas digitales tipo Uber Eats, Rappi o Didi Food se han convertido en una opción atractiva para trabajadores de la CDMX (sobre todo jóvenes) que buscan beneficios como el poder manejar sus horarios o decidir cuantas horas quieren trabajar. Sin embargo las condiciones laborales de estos generan importantes desafíos. Los trabajadores suelen enfrentarse a condiciones de precariedad como la falta de prestaciones que la ley les garantiza a los trabajadores de la economía formal; esto debido a que dichas plataformas optan por registrarlos como socios en lugar de como trabajadores. Esto los deja vulnerables y sin respaldo por parte de sus empleadores ante riesgos, propios de su ramo, como accidentes de tránsito, robos, agresiones o acoso; sin mencionar la inestabilidad en los niveles de ingreso o la necesidad de tener que trabajar turnos extenuantes para lograr llegar a sus niveles deseados de ingreso.
Aunque estas plataformas digitales ofrecen oportunidades laborales atractivas para muchos trabajadores se debe de avanzar en la regulación de estas y la protección de sus trabajadores buscando que no pierdan los beneficios que las volvieron atractivas en primer lugar.
INTRODUCCIÓN
Desde la pandemia las aplicaciones de delivery como Uber, DiDi y Rappi han crecido de manera exponencial, esto ha transformado la forma de trabajar de sus repartidores y ha generado una gran confusión con respecto al estatus del repartidor, además, podemos ver una deslindación de riesgos que demuestra una falta de estabilidad laboral y una dependencia algorítmica la cual no
es transparente dejando a los repartidores vulnerables.
Muchas veces este tipo de empleo es tomado por las personas por lo fácil que es entrar o simplemente por no tener oportunidades laborales en el medio formal del país.
La relación laboral entre los repartidores y las aplicaciones es el centro del análisis. Este trabajo examina varios aspectos, como el perfil de los repartidores, las condiciones en las que trabajan, la diferencia entre lo que las aplicaciones prometen y lo que realmente perciben los repartidores, y finalmente, el ingreso real que perciben los repartidores. De esta manera, podemos dar al lector la oportunidad de obtener sus propias conclusiones sobre este modelo de las aplicaciones en la Ciudad de México.
PREGUNTA DE INVESTIGACIÓN
¿Qué impacto han tenido las aplicaciones de delivery en el mercado laboral de la Ciudad de México desde el año 2020?
OBJETIVO GENERAL
Analizar el impacto de las plataformas digitales de delivery (Rappi, UberEats y DiDi Food) en el mercado laboral de la Ciudad de México.
Objetivos específicos:
– Comprender qué tipo de empleo es el que ofrecen las aplicaciones de delivery (Uber, Didi y Rappi).
– Describir cómo son las condiciones laborales que ofrecen las aplicaciones a sus
trabajadores. (2020- 2024).
– Comparar los beneficios que ofrecen las aplicaciones de delivery con los que realmente perciben los trabajadores.
– Descubrir porque les es atractivo a los trabajadores de la Ciudad de México registrarse en este tipo de aplicaciones.
– Identificar el perfil profesional de las personas que trabajan en estas aplicaciones.
– Registrar cual es el ingreso real que percibe el trabajador de manera mensual.
HIPÓTESIS:
Debido a la falta de regulaciones por parte de las leyes mexicanas, se han ido reduciendo los beneficios reales que obtienen, esto ha afectado negativamente en los trabajadores de estas plataformas al no estar dentro de un trabajo y las apps presumen de ser “socios” y en consecuencia no se ven atribuidos de manera justa las recompensas, sin dejar de lado que, no tienen un respaldo real por parte de las autoridades mexicanas ante la precarización.
MARCO TEÓRICO:
Las variables y conceptos expuestos serán parte fundamental para el desarrollo de esta investigación, cada variable será analizada de forma exhaustiva por todo el equipo; comprender, describir e identificar cada parte de los objetivos específicos y por consecuencia, contestando a nuestra pregunta de investigación:
1- Conceptos:
1.1- El concepto Panóptico electrónico de Woodcock, J. (2017) destaca las nuevas herramientas de control y vigilancia a las que se ven sometidos los trabajadores de las economías digitales. Este concepto ayudará a analizar cómo el servicio vigila y
manipula algunos algoritmos que perjudican a los trabajadores generando estrés y
precariedad laboral.
1.2- De Stefano, V. (2016) define la Casualización del trabajo como una tendencia a adoptar un modelo de empleo sin garantías e inestable, esto genera inseguridad laboral lo que lleva a una precariedad laboral.
1.3- La Deslindación de riesgos para De Stefano, V. (2016) es un proceso en el cual los riesgos asociados al empleo y la seguridad social se trasladan de los empleadores a los trabajadores. Esto ocurre a medida que se incrementa el uso de formas de trabajo no estándar, lo que resulta en que los trabajadores asumen más responsabilidades y riesgos que antes eran compartidos o cubiertos por los empleadores. Esto permite a las empresas evadir regulaciones laborales y fiscales. Los trabajadores quedan excluidos de la protección social y las leyes laborales lo cual merma las condiciones del mercado laboral.
1.4- El término de la Economía Gig de Silva, M. y Taylor, R. (2022) es importante porque define el modelo de trabajo que utilizan estas apps. El modelo consiste en ofrecer trabajos de corta duración donde se realicen entradas, pedidos o favores que la persona necesite. Bajo este concepto podemos analizar las características de esta forma de laburar y analizar las condiciones de estas actividades.
2- Teorías:
2.1- Carácter de la relación laboral: ¿trabajadores por cuenta propia o asalariados?
El autor Di Stefano (2016) plantea que los trabajadores son considerados contratistas independientes, no asalariados. Aunque los trabajadores no tienen una relación laboral formal con las plataformas o con los clientes, esto provoca cierta dependencia a las aplicaciones; la dependencia viene por que la aplicación controla las pautas de trabajo y las condiciones de pago. El análisis que se obtiene de esto es ver si estas relaciones deberían considerarse independientes o deberían verse de otra forma por su dependencia y control.
2.2- Regulación de la relación laboral y protección al trabajador: situación actual y propuestas:
En algunos países, se ha creado legalmente la figura del trabajador por cuenta propia dependiente, a través del cual estos pueden aportar a la seguridad social, pero sin poder acceder a otros derechos. Esto ha generado numerosas demandas ante la justicia de 5 trabajadores de plataformas y sindicatos discutiendo el carácter de “independiente” del contrato. (Spasova et. al, 2017: 67).
2.3- ¿Economía colaborativa o capitalismo de plataformas?.
La OIT aborda un debate sobre las plataformas digitales y si representa una economía colaborativa o es un nuevo tipo de capitalismo (capitalismo de plataformas). Se menciona que el trabajo de las plataformas digitales implica condiciones precarias y falta de protecciones, pero en un futuro se pueden mejorar enfocándose en el bienestar del trabajador.
2.4- ¿Oportunidad o precariedad laboral?
Se describe como las plataformas digitales ofrecen trabajo a personas no calificadas, asumiendo las malas condiciones dentro de las apps. Las plataformas tienen la libertad de asignar tareas e incluso penalizar a los trabajadores por rechazar pedidos. La OIT advierte que esto se puede volver una modalidad que contribuye a una precariedad laboral y tener un deplorable seguro social y sin derechos laborales básicos. Ayuda al descubrimiento del tipo de perfil de los trabajadores y las condiciones laborales que ofrecen las aplicaciones en comparación a lo que se refleja en la realidad de la vida del trabajador.
METODOLOGÍA:
El proceso de la investigación adopta un enfoque cualitativo y cuantitativo para analizar el impacto de las plataformas digitales de delivery (Rappi, UberEats, DidiFood) en el mercado laboral de la ciudad de México. Se realizará un estudio transversal, la recopilación de información mediante revisión documental; mediante “La encuesta de Condiciones Laborales de Repartidores de apps” (ENLABREP) del INDESIG (Instituto de Estudios Sobre la Desigualdad), esto como esfuerzo para recopilar, estructurar y presentar información sobre la condiciones laborales, ingresos, perfil sociodemográfico y percepción sobre los beneficios ofrecidos; esto nos ayuda a aproximar al tema y sentar base para próximas investigaciones. De manera adicional nos centramos en documentos especializados, como los que aborda la OIT (Organización Internacional del Trabajo) y la Ley Federal del Trabajo de México con el fin de abordar el debate sobre las plataformas digitales, poder comprender qué tipo de empleo ofrecen las apps y si representa un economía colaborativa o economía gig. Los datos serán analizados; y a su vez, la investigación busca identificar las principales problemáticas laborales, evaluar el impacto de esta plataformas y busca comprender la naturaleza del empleo en las plataformas digitales de delivery en el mercado laboral de la Ciudad de México.
ANÁLISIS:
Aclaración: Pese a que no son reconocidos como tal por las aplicaciones, para el presente trabajo nos referiremos a los repartidores de las plataformas digitales como repartidores o ”trabajadores” dada nuestra propia interpretación del término dados los autores consultados (incluyendo la propia Ley Federal del Trabajo Mexicana).
¿Qué tipo de empleo ofrecen las aplicaciones de delivery?
De 2020 a 2024, las aplicaciones de entrega realmente experimentaron un auge, pero todavía hay mucha confusión sobre qué tipo de trabajos ofrecen y cómo deberíamos llamar a los repartidores.
La economía gig nos muestra cómo operan los repartidores, este modelo consiste en proporcionar un empleo temporal donde las personas realizan tareas y reciben una remuneración por la actividad realizada. Esto ha reducido el número de personas sin trabajo, pero sin duda ha causado una precarización laboral.
En México, la ley laboral federal describe los detalles de lo que constituye un conductor de reparto. El artículo 8 de la ley laboral federal nos lo dice.
En México siguiendo los artículos de la ley federal del trabajo podemos definir realmente como se definiría a un repartidor. El artículo 8 de la ley federal del trabajo nos dice:
“Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal
subordinado. Para los efectos de esta disposición, se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio”
En este caso los repartidores realizan actividades y prestan sus servicios a las empresas, sumado a esto, ellos cumplen con todas las obligaciones que les impone la aplicación para poder laborar.
En el artículo 20 de la ley federal del trabajo nos dice “Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario”. Aquí podemos ver que, aunque el repartidor realice actividades que se denominan trabajo realmente no percibe ningún salario y tampoco cuenta con prestaciones.
Perfil profesional de los repartidores
Para analizar el perfil profesional de los repartidores de las diversas aplicaciones de delivery es importante ver sus características como edad, sexo o perfil académico. Gracias a La Encuesta de Condiciones Laborales de Repartidores de Apps (ENLABREP) Silva, M. y Taylor, R. (2022) llevada a cabo por el Instituto de Estudios sobre Desigualdad, donde se encuestaron a 432 repartidores; podemos ver un panorama amplio de estas características y así analizar estos aspectos.
Edad:
Los datos recopilados por la ENLABREP nos dan a conocer que la mayoría de los repartidores están entre los 20 y 34 años, los repartidores cuya edad es de 25 a 29 años son los que más optan por este trabajo seguido de las personas de 20 a 24 años. Al analizar los datos podemos ver que hay más jóvenes trabajando en estas aplicaciones que las personas de tercera edad, los factores que pueden influir es el manejo de su propio tiempo, accesibilidad de los transportes utilizados o un ingreso extra para ellos mismos. (Gráfica 1)
Sexo
Los datos obtenidos por la ENLABREP nos señalan que la mayor parte de los repartidores son hombres con el 86.8% y las mujeres ocupan el 12.0%. Esto puede ser por los altos riesgos que corren los repartidores o las difíciles condiciones laborales junto a la carga física que esto conlleva.
Nivel de estudios
Por último, las encuestas realizadas nos muestran los diferentes tipos de escolaridad de los repartidores donde encontramos desde nivel primaria a licenciatura, las personas con bachillerato trunco hasta licenciatura terminada son las personas que más laboran en las aplicaciones, sin embargo, el grupo donde se concentran más repartidores es licenciatura trunca, analizando estos podemos relacionar la edad con los de estudios ya que jóvenes pueden estar laburando como repartidores sin afectar sus horarios. (Gráfica 2)
¿Cómo son las condiciones laborales que ofrecen las aplicaciones a sus trabajadores?
Pese a los múltiples intentos, a lo largo del mundo aún se busca regular a los trabajadores de las plataformas digitales de delivery que trabajan con la denominación de “socios” por lo cual la ley no les exige a estas empresas brindarles las prestaciones básicas como vacaciones, días de descanso pagados o seguridad social.
Al no haber un contrato de por medio sino solo la aceptación de términos y condiciones se vuelve imposible para el trabajador demostrar la relación obrero-patrón que demanda la prestación de un trabajo subordinado. Estas empresas al llevar a cabo esta práctica están aprovechando un vacío legal y la ambigüedad de las leyes para beneficiarse. Funcionan bajo un claro modelo de trabajo subordinado el cual cubren con contratos de adhesión para evitar el costo de darle a sus trabajadores las prestaciones mínimas que exige la ley como seguridad social, aguinaldo y vacaciones. (Bensusan, 2021)
La supuesta “libertad” que tienen los trabajadores para elegir sus horarios y horas que trabajan han servido como argumento para negar la relación de subordinación que sí se puede ver en otros ámbitos como los sistemas de evaluaciones algorítmicas a forma de Panóptico Electrónico a los que son sometidos los trabajadores; así como las “recomendaciones” que les da la plataforma que son de carácter vinculante y usualmente conllevan castigos si no son cumplidas. (Bensusan, 2021)
Al buscar que estas aplicaciones millonarias paguen impuestos se realizó en enero de 2021 una modificación de la reforma fiscal para retener del 2 al 3% del ISR de cada pedido. Pese a su condición de “socios” nunca se les consultó al respecto y esta deducción de impuestos la absorbieron los trabajadores y no las empresas de delivery, no hubo una votación al respecto u otras herramientas de discusión que se esperaría ver en una sociedad; simplemente se actualizaron los términos y condiciones y los “socios” tuvieron que elegir entre aceptarlos o no seguir trabajando ahí en lo absoluto. (Subirrats, 2019)
En la Encuesta ENLABREP Silva, M. y Taylor, R. (2022) se observó que el 79.0% de los repartidores dedican de 5 a 7 días de la semana a este trabajo y el 53.2% de los repartidores están registrados en más de una plataforma para poder llegar a las expectativas económicas que buscan por lo que queda bastante lejos la idea de que la gente lo toma como un trabajo para sus tiempos libres; es más una tercera parte de ellos lo toman como un trabajo de tiempo completo(entre 37 y 57 horas a la semana, 34.1%) y muchos otros caen en la categoría de “exceso de trabajo” (>57 horas semanales, 22.6%).
Según las cifras el 46.6% de los repartidores trabajan con su motocicleta y el 44.8% con una bicicleta; esto coloca el trabajo de repartidor como uno con riesgos obvios por la misma naturaleza de estos vehículos y su desventaja de tamaño frente a otros con los que han de compartir la carretera. El 60.7% de los repartidores reporta haber sufrido algún accidente mientras trabajaba; de estos el 50.2% no recibió atención médica. El dato más preocupante es que de aquellos que se accidentaron el 90.7% no recibieron ningún tipo de apoyo por parte de la plataforma para la que trabajaban en ese momento. También el 28.2% de los repartidores declaran haber sido víctimas de algún tipo de robo durante sus labores. Al tener a los trabajadores bajo la figura de “socios” las empresas pueden deslindar responsabilidades en caso de accidentes, robos o agresiones.
¿Por qué es atractivo para los trabajadores de la CDMX registrarse en este tipo de aplicaciones?
Hay muchas y diversas rezones por las que las personas elegirían trabajar en las aplicaciones de reparto, mientras que para alguno la flexibilidad que tiene puede ser un factor decisivo hay otros a quienes les puede atraer el sueldo, o tal vez para algunos otros fue la única opción a la que pudieron acceder dadas sus condiciones particulares.
Como vimos anteriormente en la encuesta ENLABREP Silva, M. y Taylor, R. (2022) la gran mayoría de los trabajadores (77.30%) son menores de 35 años, por lo que podemos decir que es un trabajo en el cual se registran personas en su mayoría jóvenes; ya sea por su acceso a la tecnología que hace posibles estos trabajos o por propia edad, en la que ven lejanos aspectos como el retiro o no se piensa en una enfermedad o lesión graves, para los cuales prestaciones como el seguro social, o el afore no son una prioridad frente al dinero que les deja este empleo.
A su vez el 55.32% de los repartidores reportaron tener entre 18 y 29 años por lo que están en edad de continuar sus estudios y un trabajo con la flexibilidad que tiene el ser repartidor de delivery puede ser bastante atractivo para ellos.
Solo el 16.91% de los repartidores se considera clase baja, frente al casi 81% que se considera media o media alta, sin embargo, en un artículo de The New York Times la Doctora Viridiana Ríos (analista política y profesora de la universidad de Harvard) nos dice que la gran mayoría de los mexicanos que se consideran clase media no lo son.
“El 61 por ciento de la población se identifica como tal pero solo el 12 por ciento lo es. La mitad del país vive con un serio malentendido sobre su nivel de ingreso, confusión que comparten ricos y pobres por igual.” (Rios, 2020).
Esto significa que pese a la autopercepción de los repartidores la gran mayoría de ellos no alcanzaría la categoría de “Clase media”. Al venir entonces de los escaños más bajos de los ingresos nacionales el percibir una utilidad de $6,346.00 pesos mensuales estaba en el promedio de su salario buscado ya que superaba por mucho el salario mínimo; el cual para el 2020 (año en que se llevó a cabo el estudio del cual se toman los datos) era de $3,696.60.
La comunidad LGBT juega también un papel importante en la fuerza laboral para estas aplicaciones ya que se ha medido al preguntarles sobre su orientación sexual el 5.2% se uicó como homosexual, el 4.5% se ubicaron en otras respuestas y 7.37% prefirieron no contestar esta pregunta; esta cifra es más alta que la media estadística por lo que una posible explicación en por qué el empleo de repartidor es una opción llamativa para la comunidad es porque suelen ser discriminados en su búsqueda de otros empleos y al no haber un filtro en las entrevistas para trabajar como repartidor de delivery tienen un obstáculo menos para acceder a él.
Cerca del 5% de las personas que reportaron que trabajan con un acompañante lo hacen acompañados de sus hijos por lo que la flexibilidad de poder llevar a tu hijo al trabajo es uno de los factores para elegir este empleo, ya que pese a tener un trabajo formal es muy difícil para las personas tener acceso a guarderías o estancias infantiles.
¿Qué beneficios ofrecen las aplicaciones de delivery con lo que realmente perciben los trabajadores?
Las aplicaciones de delivery como Uber Eats, Rappi o Didi prometen beneficios tanto para los consumidores como para los trabajadores.
Sin embargo, hay una diferencia notable entre lo que se ofrece y lo que los trabajadores realmente perciben.
Beneficios prometidos por las aplicaciones:
1.Flexibilidad horaria: los trabajadores pueden elegir cuándo trabajar, lo que se presenta como una gran ventaja para quienes buscan ingresos adicionales o tienen otras ocupaciones.
2.Ingresos rápidos y sin complicaciones: Se promociona la posibilidad de ganar dinero rápidamente, con pagos frecuentes y fáciles de gestionar a través de la app.
3.Oportunidades de trabajo sin experiencia previa: No se requieren habilidades especiales, lo que facilita el acceso a muchas personas.
4.Autonomía: la capacidad de ser el jefe de uno mismo y decidir cuándo y cuánto trabajar.
Realidad percibida por los trabajadores.
1.Flexibilidad condicionada: Aunque existe la opción de elegir los horarios, muchos trabajadores sienten presión para estar disponibles en las horas pico o aceptar la mayoría de los pedidos para mantener una buena calificación y recibir más pedidos.
2.Ingresos Variables y Bajos: Los ingresos no siempre son constantes y pueden ser bajos, especialmente después de descontar gastos como gasolina, mantenimiento del vehículo, comisiones de la app, y tiempo no remunerado (espera entre pedidos).
3.Falta de Seguridad Laboral y Beneficios: No cuentan con beneficios tradicionales como seguro de salud, vacaciones pagadas, o protección en caso de accidentes, lo que deja a los trabajadores en una posición vulnerable.
4.Dependencia y Competitividad: Los algoritmos de las aplicaciones priorizan a los trabajadores con mejor rendimiento (entregas rápidas, alta aceptación de pedidos), lo que
puede generar una competencia intensa y una dependencia de las calificaciones de los
clientes.
5.Costo de los Insumos: Los trabajadores deben asumir los costos asociados a su trabajo,
como gasolina, mantenimiento de vehículos, y en algunos casos, incluso el equipo de entrega,
lo que reduce significativamente los ingresos netos.
Ingreso real que perciben el trabajador de manera mensual.
Si bien una de las ideas que promocionan para reclutar a los repartidores es generar ingresos
adicionales de fácil acceso y volverte “tu propio jefe”.
Observamos, dada la ENLABREP Silva, M. y Taylor, R. (2022), que la mayor parte de los repartidores
dedican 42 horas a la semana a esto, esta cifra es igual prácticamente para hombres y mujeres. A partir
de la encuesta refleja que el 34.1% trabajan de tiempo completo y el 22.6 % exceden las 57 horas de trabajo semanal, por lo que, Según la Ley de Federal de Trabajo, un trabajo de “medio tiempo”, es a l que se le dedica 6 horas por 6 días a la semana, resultado 36 horas por semana. Un trabajo de “tiempo completo” se refiere a ocupar hasta 8 horas al día, por 6 días, y con 3 horas extras por 3 ocasiones a la semana, resultado de 37 a 57 horas a la semana; por lo que, cualquier cantidad de labor que rebase las 57 horas por semana es catalogado como “exceso de trabajo”. Por cómo se puede ver con datos anteriores y de la gráfica 3, 56.9% de los repartidores están de tiempo completo o con sobrecarga de trabajo. Al revisar los Grafica 3: Fuente: Elaboración propia con datos de la ENLABREP Grafica 4: Fuente: Elaboración propia con datos de la ENLABREP cuestionamientos por empleos adicionales(Gráfica), el 31.6 % de los repartidores afirma tener un tener al menos uno adicional, esto sin tomar en cuenta el trabajo no remunerado de quehacer domésticos y cuidados de niños, por ejemplo, que en promedio son 17.9 horas en el caso de las mujeres y 11.9 horas semanales para los hombres.
De primera instancia en cuestión del exceso y la necesidad de varias personas de trabajar por encima de las horas estipuladas en la ley, se puede pensar que el 31.19% de los repartidores tiene otro empleo. Observamos la gráfica 4 que, el 42.5% de los repartidores de medio tiempo expresa tener otro empleo; en la misma situación el 27.78% son quienes se dedican de tiempo completo y 14.74% ya registran una sobrecarga de horas de trabajo como repartidor.
Entonces, al saber las horas que trabajan y el poco descanso que toman por consecuencia, los ingresos no se ven reflejados de forma elevada. Los repartidores en general obtienen $9,173 pesos al mes; sin embargo, tienen que cubrir gastos y costos relacionados al desempeñar la actividad, por ejemplo: refacciones, equipos de protección, celulares, gasolina, panes de datos para celulares, entre otras cosas, por consecuencia esta cifra se ve disminuida a $6,346 al mes.
Cuando se ajustan las horas trabajadas y cifra final de su ingreso, se obtiene un promedio de $37 pesos por hora trabajada, razón al 2020, se compara con 1.6 salarios mínimos en la Zona Libre de la Frontera Norte y a 2.4 salarios mínimos en el resto del país. Salvo que estas aproximaciones suenan atractivas por como vimos en el perfil sociodemográfico de los repartidores, lo consideran atractivo independientemente de su nivel de escolaridad, porque no se ve como un requisito, algo que en el medio formal existen ciertas exigencias para laborar.
Pero, tomando en cuenta que la mayor parte de los trabajadores vive en la ciudad donde los gastos de vivienda son mayores a los del salario mínimo y además; lo ingresos de más de la mitad de los repartidores tiene que dividir entre los miembros de su hogar; según la encuesta el 21.4% de los repartidores tienen un dependiente económico, el 21.2% tiene dos y 16.1% tiene tres o más, se evidencian que los repartidores en su actividad, que aunque se le dedique mucho tiempo, no se ve retribuida de manera adecuada.
Un punto importante de la encuesta es que la mayoría de las personas que realizan esta, la motocicleta es el vehículo que utilizan con mayor frecuencia. Pero al estudiar las respuestas de los encuestados se encuentra en promedio, que los ingresos mensuales de los que se desplazan en automóvil son de $9,491 son mucho mayores que los que utilizan motocicleta que son $7,518 mensuales, que, a su vez, son más altas que los que se desplazan en bicicleta es de $4,297, aun cuando los gastos son más altos en los primeros dos. Esto podemos responder de manera general al trabajo precarizado en México, donde existen lagunas legales e institucionales usadas por las apps que impiden la regulación a esta empresa. Y el sistema mexicano nos es capaz de corregir las desigualdades del sector. Haciendo referencia a las personas repartidoras deben declarar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) un impuesto del 8 %. Señala que de acuerdo con el International Tax Review; sectores económicos grandes en México como el minero que pagan entre 6.9$ y 6.2%, el farmacéutico 1.3% a 5 % y el manufacturero, entre 1.2% y 5%. Entonces, las personas repartidoras pagan 1.1% al 6.8% más e incluso su contribución tributaria y no les ha dado beneficios. (Redacción 2022).
CONCLUSIONES
Es conocimiento común del mexicano la precariedad de los trabajos que se ofrecen, somos uno de los países con los salarios más bajos de la OCDE, somos uno de los países que trabaja más horas entre los miembros de esta. Desde hace años se discute la posibilidad de reducir la jornada laboral de 48 a 40 horas a la semana para que los trabajadores tengan 2 días de descanso en lugar de solo uno, pero estos cambios se siguen viendo lentos y muy lejanos. Ante este fenómeno
no es de extrañarse que los trabajadores se vean tentados ante ofertas laborales que no les ofrecen prestaciones como seguridad social o afore, pero sí ofrecen la disponibilidad de manejar sus horarios y de ganar sueldos mayores al mínimo ($6,346 al mes, si tienes la resistencia para cubrir los turnos necesarios). Esta falta de empleos de calidad, la falta de regulaciones laborales y la falta de apoyos a la juventud han creado las condiciones perfectas para que aplicaciones como Uber Eats, Rappi y Didi Food florezcan; y cada vez más personas, sobre todo jóvenes(de 18 a 29 años), se sientan atraídos por ellas pese a sus condiciones laborales.
Estas aplicaciones se aprovechan de huecos en las propias leyes mexicanas para mantener sus gastos de operación al mínimo. Al reportar a sus repartidores como “socios” en vez de empleados; no tienen necesidad de desembolsar en prestaciones como aguinaldos, seguridad social, vacaciones o contribuciones al retiro. El autor De Stefano se refirió a esto como Deslindación de riesgos. Las empresas no gastarán siquiera en protección que cubra a sus trabajadores en caso de accidentes, en caso de muerte, lesiones o robo durante sus jornadas laborales; es el repartidor quien tiene que decidir si contratar o no un seguro que lo cubra mientras trabaja en ellas, el cual será más caro que un seguro normal para su vehículo y tendrá que pagarlo de su bolsillo.
Será nuestro gobierno quien deberá tomar en sus manos la responsabilidad de regularizar estas aplicaciones, dar marcha atrás con la Casualización del empleo que se ha estado gestando gracias a ellas y meter a todos estos trabajadores en la economía formal donde puedan estar protegidos por las leyes y las prestaciones que estas les brindan. Sabemos también que el cambio no vendrá por iniciativa de nuestro gobierno y mucho menos de las plataformas; será la sociedad civil quien dé los primeros pasos presionando al gobierno para que esto se convierta en una realidad.
Asociaciones como “Ni un repartidor menos” que llevan activos desde el 2018 o “UNTA” desde 2021, ya están trabajando en proteger a los repartidores con apoyos económicos o protección en caso de accidentes. Son solo los primeros pasos, pero es una muestra de que los mismos repartidores ya identificaron el problema real al que se enfrentan y pueden organizarse para lograr cambios significativos en sus condiciones laborales.
La realidad se ha dividido en dos; los repartidores realizando un trabajo subordinado y las apps presumen de concebir como “socios” o “ser tu propio jefe” para que todos los gastos corren a cuenta de ellos. Además “la libertad” y la “autonomía” se ven también bloqueadas por lo mencionado anteriormente, el pago de impuestos mayor que otros sectores económicos ante el gobierno, cuando deberían recaer en las empresas multinacionales. No ha cambiado el concepto o el estatus de los trabajadores a pesar de estar controlados y desprotegidos por las empresas.
La apuesta va a un futuro de desarrollo tecnológico y la economía digital que permitan la generación de trabajos sin perder lo “atractivo” que en un principio se presume, la libertad y flexibilidad; sea un trabajo que permita desarrollar y potenciar las habilidades y capacidades de los trabajadores. Las presiones de los repartidores y la sociedad siguen siendo necesarios, porque ya está puesto en evidencia la importancia del trabajo de las personas repartidoras y la falta de protección que tienen.
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